RCG 2026 · Arts. 4 a 10 Sexies
Registro de Actividades Vulnerables
Las Reglas precisan el formulario, la identidad digital, las actualizaciones y los procedimientos especiales según el tipo de sujeto.
Formulario aplicable
| Sujeto | Anexo |
|---|---|
| Persona física | Anexo 1 |
| Persona moral | Anexo 2 |
| Fideicomiso | Anexo 2 Bis |
| Otra figura jurídica | Anexo 2 Ter |
RFC y e.firma deben ser propios
El trámite usa la e.firma asociada al RFC de quien realiza la Actividad Vulnerable. No se utiliza la del representante, fideicomitente u otra persona para sustituir esa identidad.
Actualización, baja y requerimientos
- Las modificaciones de la información del registro se presentan dentro de seis días hábiles.
- La baja surte efectos desde el acto jurídico que la origina cuando pueda verificarse; si no puede verificarse, desde la presentación del trámite.
- Un requerimiento de información del SAT se atiende en diez días hábiles, con posible ampliación de hasta cinco días.
- El Portal debe revisarse cada día hábil. Una comunicación tiene tres días hábiles para abrirse y se tiene por notificada al cuarto.
- Un impedimento técnico del Portal se reporta dentro de tres días hábiles.
Representante de cumplimiento
La aceptación o rechazo se formaliza con RFC y e.firma. Las personas morales y los fideicomisos únicamente pueden designar a una persona física. Las notificaciones asociadas deben atenderse dentro de diez días hábiles.
Activos virtuales: registro especial
Los artículos 10 Bis a 10 Quáter establecen documentación adicional. La autoridad puede formular una sola prevención, que debe atenderse en cinco días hábiles. Una vez notificada la integridad documental, se cuenta con treinta días hábiles para concluir el registro.
Fideicomisos y otras figuras
Utilizan la herramienta XML prevista por las Reglas. Para corregir información se elimina el envío y se remite nuevamente de forma completa. En una asociación en participación, el asociante usa el RFC y la e.firma de la asociación.