Actividad Vulnerable: Servicios de Construcción e Inmobiliarios
Desarrollo inmobiliario, construcción, compraventa de inmuebles.
Umbral de Identificación
8,025 UMAs
$941,412.75 MXN
Umbral de Aviso
16,000 UMAs
$1,876,960.00 MXN
Servicios de Construcción e Inmobiliarios es una actividad vulnerable regulada por la Fracción V del Artículo 17 de la LFPIORPI. Desarrollo inmobiliario, construcción, compraventa de inmuebles. El umbral de identificación es 8,025 UMAs y el umbral de aviso es 16,000 UMAs.
¿Qué tipos de Servicios de Construcción e Inmobiliarios están regulados?
La LFPIORPI regula 3 tipos principales de Servicios de Construcción e Inmobiliarios: desarrollo inmobiliario, compraventa de inmuebles, administración de inmuebles. El supuesto, modalidad y umbrales aplicables deben revisarse para cada operación.
Desarrollo Inmobiliario
Construcción de fraccionamientos y edificios.
Compraventa de Inmuebles
Intermediación en transacciones inmobiliarias.
Administración de Inmuebles
Gestión de propiedades de terceros.
¿Quiénes deben cumplir con Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
Los sujetos obligados en Servicios de Construcción e Inmobiliarios son 4 tipos de personas físicas o morales que realizan estas actividades de forma habitual o profesional. Deben registrarse ante el SAT y cumplir con todas las obligaciones del Artículo 18 de la LFPIORPI.
- Desarrolladores inmobiliarios
- Constructoras
- Agentes inmobiliarios
- Administradores de propiedades
¿Cuáles son los umbrales de Servicios de Construcción e Inmobiliarios en 2026?
En 2026, el umbral de identificación es 8,025 UMAs ($941,412.75 MXN) y el umbral de aviso es 16,000 UMAs ($1,876,960.00 MXN). El valor de la UMA vigente es $117.31 MXN diarios.
Umbral de Identificación
8,025 UMAs
$941,412.75 MXN
Umbral de Aviso
16,000 UMAs
$1,876,960.00 MXN
Obligaciones para Servicios de Construcción e Inmobiliarios
Cumple con las obligaciones establecidas por la ley para evitar multas de hasta 65,000 UMAs.
Identificación Compradores
Identificar desde 8,025 UMAs.
Origen de Recursos
Verificar fuente de fondos del comprador.
Beneficiario Controlador
Identificar al verdadero propietario.
Aviso de Operaciones
Reportar ventas superiores a 16,000 UMAs.
Debida Diligencia
Conocer perfil del cliente.
Archivo Documental
Conservar expedientes 10 años.
Auditoría anual
Aplicar auditoría interna independiente para riesgo bajo o medio, o externa para riesgo alto (Arts. 42-51 RCG; primer periodo 2028).
Gestión de PEP
Identificar y clasificar PEP; aplicar seguimiento reforzado y aprobación cuando también sea riesgo alto (Arts. 23 Bis-23 Quáter RCG).
Las obligaciones de las RCG tienen fechas escalonadas. Consulta el calendario oficial de implementación 2026–2029.
Preguntas Frecuentes sobre Servicios de Construcción e Inmobiliarios
¿Qué es la actividad vulnerable Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
Servicios de Construcción e Inmobiliarios es una actividad vulnerable regulada por la Fracción V del Artículo 17 de la LFPIORPI. Desarrollo inmobiliario, construcción, compraventa de inmuebles. Sus obligaciones dependen del supuesto, modalidad y umbrales aplicables.
¿Cuál es el umbral de identificación para Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
El umbral de identificación para Servicios de Construcción e Inmobiliarios es de 8025 UMAs, equivalente a $941,412.75 MXN en 2026. A partir de este monto debes identificar al cliente.
¿Cuándo debo presentar avisos al SAT por Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
Debes presentar aviso cuando la operación supere 16000 UMAs ($1,876,960.00 MXN). El aviso se presenta mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente.
¿Quiénes son sujetos obligados en Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
Los sujetos obligados en Servicios de Construcción e Inmobiliarios incluyen: Desarrolladores inmobiliarios, Constructoras, Agentes inmobiliarios. Todos deben registrarse en el Padrón de Actividades Vulnerables del SAT.
¿Cuáles son las obligaciones principales de Servicios de Construcción e Inmobiliarios?
Las obligaciones incluyen integrar expedientes, presentar los avisos que correspondan, conservar información y aplicar controles de riesgo. Las RCG 2026 añaden reglas de EBR, perfil transaccional, PEP, beneficiario controlador, Manual, capacitación, automatización y auditoría con fechas escalonadas.
Otras Actividades Vulnerables
Consulta las demás fracciones del Artículo 17 de la LFPIORPI y sus umbrales vigentes.
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